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Abengoa logra un 86% de adhesiones a su plan de reestructuración

ABENGOA ha logrado un apoyo del 86% de los acreedores financieros que se han adherido al plan de reestructuración propuesto por la compañía, que evita tener que presentar concurso de acreedores.
Abengoa confirmaba a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que el día 28 de octubre ha presentado en los Juzgados de lo Mercantil de Sevilla la solicitud de homologación del contrato de restructuración.

La Ley Concursal eige un mínimo del 75% de adhesiones al convenio para su homologación judicial, y Abengoa ha alcanzado esta cifra con creces, reuniendo el 86% de sus acreedores y escapando así del concurso de acreedores.
El período de adhesiones comenzó el pasado 26 de septiembre y finalizó el 25 de octubre. El acuerdo incluía la capitalización de un 70% del importe de los créditos, recibiendo a cambio un 40% del capital social de Abengoa, post-reestructuración.
Además, el 30% restante del nominal de la deuda preexistente sería refinanciado mediante nuevos instrumentos de deuda que sustituirán a los preexistentes y que tendrán la condición de ‘senior’ o ‘junior’ en función de si dichos acreedores participan o no en los tramos de dinero o avales nuevos.
Dichos instrumentos tendrán vencimiento de 66 y 72 meses, respectivamente, con posibilidad de prórroga hasta en 24 meses adicionales, y devengo anual de intereses del 1,50% (0,25% de pago en efectivo y 1,25% de capitalización o pago en efectivo únicamente bajo ciertas condiciones).
El instrumento ‘junior’ podría ser objeto de una posterior reducción (que en ningún caso podrá ser superior al 80% del valor nominal inicial anterior a la capitalización antes mencionada) en caso de que por materialización de contingencias el importe de la deuda antigua refinanciada (tras la capitalización del 70% anteriormente referida) excediese de 2.700 millones de euros.
La propuesta de reestructuración de la deuda financiera preexistente consiste en aplicar una quita del 97% de su valor nominal, manteniéndose el 3% restante con vencimiento a 10 años, sin devengo anual de intereses y sin posibilidad de capitalización.

Fuente: El Economista – Sevimedia

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