- febrero 22, 2013
- in Insolvencia Empresarial - Asesoría y consejos, Noticias
- by IURE Abogados
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El Juzgado de lo Mercantil Nº 6 de Madrid, encargado de la tramitación del concurso de acreedores de la inmobiliaria Reyal Urbis, nombrará en los próximos días a los miembros de la administración concursal.
Tratándose de una empresa que cotiza en bolsa, será obligatorio designar a un miembro de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, tal y como establece el artículo 27.2 la Ley Concursal. Por otro lado, entre los acreedores del procedimiento se nombrará a otro miembro de la administración concursal, el cual podría ser el SAREB, principal acreedor de la concursada.
Esto se debe a dos hechos principalmente:
– El concurso de Reyal Urbis será considerado de especial trascendencia, ya que cumple los requisitos establecidos en el artículo 27.bis de la Ley Concursal, que señala que son aquellos cuyo importe de la masa pasiva declarado por el concursado sea superior a cien millones o que el número de acreedores sea superior a mil, entre otros puntos.
– Además, esta normativa indica que en este tipo de procedimientos, el juez nombrará “a un administrador concursal acreedor titular de créditos ordinarios o con privilegio general no garantizado de entre los que figuren en el primer tercio de mayor importe”.
Hacienda también se perfila como otro posible candidato dentro de la administración concursal, ya que tiene pendiente de cobro cerca de 400 millones de euros de la inmobiliaria.