- noviembre 28, 2011
- in Insolvencia Empresarial - Asesoría y consejos, Noticias
- by IURE Abogados
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La mercantil Seda Solubles es noticia en el día de hoy a raíz del corte de suministro eléctrico que la compañía proveedora pretende llevar a cabo. Sobre este particular, conviene tener presente que la eventual declaración en concurso de acreedores de la empresa, pese a haber sido instada en el presente caso por tres entidades financieras, supondría el mantenimiento en vigor de todos los contratos suscritos por la empresa con sus proveedores, según dispone el art. 61 de la Ley Concursal.
No obstante, este tipo de contratos de carácter periódico, como es el suministro eléctrico, tienen la especialidad concursal de facultar al proveedor solicitar la resolución del contrato incluso por incumplimientos de su cliente con anterioridad al concurso, si bien sometido a la consideración del Juez del concurso, que habrá de valorar la conveniencia de mantener el contrato en vigor para sostener el mantenimiento de la actividad.
Ahora bien, la naturaleza de créditos contra la masa de las facturas por servicios de suministro prestados con posterioridad al concurso, obligaría a la empresa concursada y su Administración Concursal a instar la resolución judicial del contrato, bien mediante acuerdo con la compañía proveedora o sin él, pues la ausencia de liquidez para atender siquiera los créditos contra la masa conllevaría necesariamente su cese de actividad.