PROBLEMA: Impago generalizado por parte de un acreedor.
Acreedor al que una sociedad le impaga y que además, por nuestra información, ha empezado a incumplir otros tantos.
SOLUCIÓN:
Al margen de los procedimientos regulados en la Ley de Enjuiciamiento Civil (juicio ordinario, cambiario, monitorio o verbal) desde IURE Abogados le proponemos otro tipo de acciones. Hemos comprobado en numerosas ocasiones que es posible alcanzar el éxito del cobro del crédito. En más del 90% de los casos hemos conseguido hasta el 80% del umbral en menos de dos meses.
PROBLEMA: Sentencia frente a deudor insolvente.
Acreedor que ostenta sentencia firme contra deudor y contra sus administradores. Todos ellos resultan ser insolventes careciendo de bienes.
SOLUCIÓN al caso económico:
Si el administrador sigue ejerciendo sus funciones en otras empresas, desde IURE Abogados proponemos SUSPENDERLO de las mismas.
Estamos comprobando cómo, antes de llegar a la suspensión de sus funciones, se logra la satisfacción del crédito.
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¡Contacte con nosotros y cuéntenos su caso concreto!
Estaremos encantados de atenderle lo antes posible
PROBLEMA: Responsabilidad del Administrador de la empresa dentro del Concurso.
Su abogado instó el Concurso Voluntario de Acreedores de la empresa de la que Usted es Administrador. Ahora le anuncia que se abrirá contra Usted, en virtud de dicha condición de Administrador, la posibilidad de inhabilitarle para el ejercicio del comercio y de que con sus bienes presentes y futuros, sufrague el 50% de la deuda no atendida por la sociedad concursada.
Se enfrentará por tanto a un juicio donde su abogado, que no le anticipó este escenario va a tener que defenderle en la materia contable frente a auditores y economistas.
SOLUCIÓN al caso económico:
Desde IURE Abogados, hemos podido comprobar en numerosas ocasiones, cómo en el caso de llegar al juicio donde se curse la calificación del Concurso (Fortuita y Culpable) y las responsabilidades de los administradores societarios, hay que ser experto tanto en la materia jurídica como en la materia contable. Para poder formular preguntas a los peritos (auditores de cuentas) o para extraer conclusiones, es preciso el conocimiento profundo de estas materias. Es por ello por lo que clientes y compañeros de profesión cuentan con nosotros para una sección de tal importancia dentro del procedimiento concursal.
PROBLEMA: Desconocimiento de posibilidades de cobro de crédito privilegiado.
Acreedor de una empresa en concurso. Después de más de un año, dicho acreedor ignora el estado del proceso concursal y las posibilidades de cobrar su crédito con preferencia sobre otros acreedores.
SOLUCIÓN al caso económico:
El régimen de responsabilidades (frente al Administrador Concursal y a los Administradores societarios, de hecho o de derecho) hace que un acreedor activo pueda ver satisfecho su crédito con prioridad sobre los demás. Desde IURE Abogados hemos comprobado cómo al ejercer dichas responsabilidades aboca a la satisfacción del crédito acreedor.
PROBLEMA: Embargo de bienes del administrador por deudas de su empresa.
Hacienda embargó los cinco inmuebles que poseía el Sr. X al hacerle responsable de las deudas de la empresa de la que era administrador. Se planteó entonces dar por perdidos dichos inmuebles.
SOLUCIÓN al caso económico:
Desde IURE Abogados, buscamos para el Sr. X una solución, que pasó por hipotecar los inmuebles, haciendo que los embargos -dentro de un proceso concursal- se alzaran.
Con el dinero obtenido por las hipotecas (que ocuparon el primer rango registral) se consiguió una reducción de la deuda tributaria del 50% que fue pagado en 3 años.
PROBLEMA: Impago generalizado por parte de un acreedor.
Acreedor al que una sociedad le impaga y que además, por nuestra información, ha empezado a incumplir otros tantos.
SOLUCIÓN:
Al margen de los procedimientos regulados en la Ley de Enjuiciamiento Civil (juicio ordinario, cambiario, monitorio o verbal) desde IURE Abogados le proponemos otro tipo de acciones. Hemos comprobado en numerosas ocasiones que es posible alcanzar el éxito del cobro del crédito. En más del 90% de los casos hemos conseguido hasta el 80% del umbral en menos de dos meses.
PROBLEMA: Sentencia frente a deudor insolvente.
Acreedor que ostenta sentencia firme contra deudor y contra sus administradores. Todos ellos resultan ser insolventes careciendo de bienes.
SOLUCIÓN al caso económico:
Si el administrador sigue ejerciendo sus funciones en otras empresas, desde IURE Abogados proponemos SUSPENDERLO de las mismas.
Estamos comprobando cómo, antes de llegar a la suspensión de sus funciones, se logra la satisfacción del crédito.
Libro: Adiós a mis deudas
Descubre cómo ayudamos a Antonio a librarse de todas sus deudas

PROBLEMA: Desconocimiento de posibilidades de cobro de crédito privilegiado.
Acreedor de una empresa en concurso. Después de más de un año, dicho acreedor ignora el estado del proceso concursal y las posibilidades de cobrar su crédito con preferencia sobre otros acreedores.
SOLUCIÓN al caso económico:
El régimen de responsabilidades (frente al Administrador Concursal y a los Administradores societarios, de hecho o de derecho) hace que un acreedor activo pueda ver satisfecho su crédito con prioridad sobre los demás. Desde IURE Abogados hemos comprobado cómo al ejercer dichas responsabilidades aboca a la satisfacción del crédito acreedor.
PROBLEMA: Responsabilidad del Administrador de la empresa dentro del Concurso.
Su abogado instó el Concurso Voluntario de Acreedores de la empresa de la que Usted es Administrador. Ahora le anuncia que se abrirá contra Usted, en virtud de dicha condición de Administrador, la posibilidad de inhabilitarle para el ejercicio del comercio y de que con sus bienes presentes y futuros, sufrague el 50% de la deuda no atendida por la sociedad concursada.
Se enfrentará por tanto a un juicio donde su abogado, que no le anticipó este escenario va a tener que defenderle en la materia contable frente a auditores y economistas.
SOLUCIÓN al caso económico:
Desde IURE Abogados, hemos podido comprobar en numerosas ocasiones, cómo en el caso de llegar al juicio donde se curse la calificación del Concurso (Fortuita y Culpable) y las responsabilidades de los administradores societarios, hay que ser experto tanto en la materia jurídica como en la materia contable. Para poder formular preguntas a los peritos (auditores de cuentas) o para extraer conclusiones, es preciso el conocimiento profundo de estas materias. Es por ello por lo que clientes y compañeros de profesión cuentan con nosotros para una sección de tal importancia dentro del procedimiento concursal.
¿Tiene alguna consulta?
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Estaremos encantados de atenderle lo antes posible
PROBLEMA: Embargo de bienes del administrador por deudas de su empresa.
Hacienda embargó los cinco inmuebles que poseía el Sr. X al hacerle responsable de las deudas de la empresa de la que era administrador. Se planteó entonces dar por perdidos dichos inmuebles.
SOLUCIÓN al caso económico:
Desde IURE Abogados, buscamos para el Sr. X una solución, que pasó por hipotecar los inmuebles, haciendo que los embargos -dentro de un proceso concursal- se alzaran.
Con el dinero obtenido por las hipotecas (que ocuparon el primer rango registral) se consiguió una reducción de la deuda tributaria del 50% que fue pagado en 3 años.
PROBLEMA: Subasta de inmueble con actividad comercial por impago.
El Sr. Y tenía un hotel a título de persona física. Fruto de su endeudamiento y del impago de las cuotas del acreedor hipotecario, el banco lo sacó a subasta.
Llegada la subasta, sólo acudió un subastero pero su oferta resultó ser inferior al 70% del valor fijado para la subasta del hotel.
El dueño del hotel nos planteó ese mismo día (después de hacer la oferta el subastero) si se podría suspender la subasta y así poder negociar, con el hotel en funcionamiento, otras mejores ofertas.
SOLUCIÓN al caso económico:
Desde IURE Abogados, no sólo suspendimos la subasta, sino que se tardó casi un año en privar al Sr Y de la posesión del mismo. En dicho plazo, pudo mejorar otras operaciones que además incluían la venta del mobiliario (que daba anteriormente por perdido).
PROBLEMA: Crédito de un contratista ejecutor frente a propietaria de un inmueble hipotecado.
Un contratista ejecutó para una promotora un centro comercial. La empresa propietaria del centro comercial ha entrado en concurso de acreedores. El centro comercial tenía una hipoteca que gravaba todas y cada una de las fincas, y en cada una de ellas existían anotaciones de embargo. El contratista ejecutor de las obras pensó que su crédito sería un crédito concursal de peor rango el correspondiente a los embargos anotados en dichas fincas, por lo cual no hizo valer su privilegio en el momento de la insinuación de su crédito en el procedimiento concursal de la empresa propietaria del centro comercial.
SOLUCIÓN al caso económico:
Desde IURE Abogados, lo primero que hicimos por el contratista fue inscribir en el registro de la Propiedad en cada una de las fincas su crédito. Insinuamos en el concurso un crédito con privilegio especial, y a la hora de liquidar y transmitir cada una de las fincas del centro comercial percibió el sobrante de la ejecución hipotecaria (ejecución instada por el banco acreedor hipotecario), con prioridad a los embargos previamente anotados, pudiendo comprobar nuestro cliente que donde su expectativa de cobro inicial era nula, pudo cobrar casi el 80% de su crédito.
Probablemente no vea su caso concreto reflejado entre los citados, pero tampoco le hemos comentado otros muchos casos a los que también hemos dado solución desde IURE Abogados.
Le invitamos a plantearnos su caso de especial dificultad, procuraremos buscar la mejor solución para Usted y su empresa.