• Skip to primary navigation
  • Skip to content
  • Skip to footer
IURE Abogados

IURE Abogados

91 444 56 80
  • Inicio
  • ¿Quiénes somos?
    • ¿Por qué IURE Abogados?
    • Filosofía y Valores
    • Nuestros Servicios
    • Equipo Humano
    • Opiniones de clientes
    • Casos Resueltos
  • Nuestros Servicios
    • Reflotamiento, reestructuración y Concurso
    • Refinanciación de empresas
    • Endeudamiento laboral, tributario y de Seguridad
    • Acuerdo extrajudicial de pagos
    • Aportaciones a promotoras insolventes
  • Solvencia
  • Actualidad
  • RSC
  • IURE en los medios
  • Contacto

2. ¿Qué deber impone la Ley Concursal al insolvente?

junio 9, 2020 - IURE Abogados

El insolvente tiene el deber de pedir el auxilio de la Ley Concursal, bien de forma directa solicitando su concurso voluntario, bien abriendo un periodo de negociaciones con sus acreedores tendente a buscar la remoción de la insolvencia.

En esta situación post Covid el deber de solicitar el concurso voluntario o de comunicar el inicio de esas negociaciones se ha pospuesto hasta 31 de diciembre de 2020; eso no significa que si una sociedad se encuentra en una situación de insolvencia actual tenga que esperar a esa fecha para solicitar su concurso.

Suele suceder en la mayoría de los casos que se acude tardíamente a buscar los auxilios que la Ley Concursal ofrece al deudor insolvente.

Desde IURE ABOGADOS aconsejamos que si se encuentra en esa situación de imposibilidad de atender sus pagos, pronto busque la terapia más adecuada para solucionar dicha patología, sin esperar a ese plazo máximo creado recientemente (plazo éste que está pensado para no atascar aún más los Juzgados de lo Mercantil, pero que insistimos no debe suponer el agotamiento del mismo si lo que se busca es una solución de una enfermedad-insolvencia en sus estadios más incipientes).

Si quieres ver más respuestas a otras dudas, haz clic AQUÍ



¿Quiere saber más sobre el COVID-19?

Aquí tiene todos nuestros artículos relacionados con la actualidad del COVID-19

IR A LOS ARTÍCULOS
IURE Abogados

«Derecho Concursal: Derecho de autor»

En IURE Abogados llevamos más de 20 años haciendo Derecho de Autor y dando soluciones a nuestros clientes en todos los ámbitos de la insolvencia.

Relacionado

Filed Under: COVID19, Insolvencia Empresarial - Asesoría y consejos

Footer

Mapa web

¿Te has perdido? Aquí tienes el MAPA WEB de IURE Abogados Madrid.

advertencia legal

Aviso legal - IURE Abogados Madrid.

Suscríbete

Suscríbete a nuestra Newsletter y recibe todas las novedades de nuestra web.
  • Facebook
  • LinkedIn
  • Twitter

Preguntas frecuentes

Si tienes dudas sobre el derecho concursal, haz clic aquí y descubre todo lo que podemos hacer por ti.

Copyright © 2021 · IURE ABOGADOS MADRID S.L.P.- Estamos en C/ Almagro, 2 1º Dcha. 28010 Madrid. Tlfno.: 91 444 56 80. Correo electrónico: atencionalcliente@iureabogados.com

En cumplimiento con Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información le recordamos que al navegar por este sitio está aceptando el uso de cookies.Acepto Leer más
Política de Privacidad y Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necesarias
Siempre activado

Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.

No necesarias

Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.