- junio 15, 2012
- in Insolvencia Empresarial - Asesoría y consejos, Noticias
- by IURE Abogados
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La mercantil sevillana Merkamueble S.A., que había procedido a comunicar al Juzgado el inicio de negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio conforme lo establecido en el artículo 5.bis de la Ley Concursal, y habiendo trascurridos los cuatro meses que la Ley otorga desde esta comunicación al Juzgado, ha comunicado al mismo que ya no se encuentra en estado de insolvencia, debido a que ha alcanzado un acuerdo de refinanciación con sus acreedores, motivo por el cual finalmente no va a proceder a solicitar el Concurso Voluntario conforme establece el mismo artículo 5.bis de la Ley Concursal.
El acuerdo de refinanciación alcanzado con sus acreedores que le ha servido para salir de la situación de insolvencia, incluye el acuerdo con cuatro entidades financieras, acuerdo que contempla la mitad de la venta de activos la empresa conforme ha podido conocer este Despacho.