- diciembre 16, 2011
- in Insolvencia Empresarial - Asesoría y consejos, Noticias
- by IURE Abogados
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La administración concursal de TEBYCON ha presentado el informe ex art. 75 de la Ley Concursal, por lo que a partir de este momento, los acreedores de la empresa deberán constatar si su derecho de crédito ha sido o no correctamente reconocido. En este sentido, tendrán un breve plazo de tiempo (10 días desde la notificación del informe) para, a través de sus representantes legales, impugnar la lista de acreedores en caso de no haber sido incluido correctamente la cantidad adeudada.
En general, los concurso de acreedores pueden finalizar bien a través de un convenio, o mediante la liquidación de la sociedad en caso de carecer de actividad o no ser ésta suficiente para la viabilidad de la misma.
En caso de acudir a Convenio, en aras a que la sociedad pueda superar la situación de insolvencia, se tratará de alcanzar acuerdo con los trabajadores, estableciéndose quitas y/o esperas sobre las cantidades adeudadas. Por el contrario, si la empresa carece de viabilidad económica, el concurso terminará mediante la liquidación, la cual podrá ser anticipada, tramitándose de forma paralela a la resolución de los incidentes concursales presentados por los acreedores y demás partes interesadas.