En multitud de ocasiones, el empresario se plantea la duda de cómo puede ser que su empresa esté obligada a solicitar la declaración de concurso de acreedores por insolvencia, aún cuando tiene bienes inmuebles que configuran un activo inmovilizado de gran importancia. Esta incertidumbre surge en cualquier empresa que comienza a ser consciente de que no puede pagar a sus acreedores.
Cuando ocurre esto, lo mejor es ponerse en manos de un profesional para buscar la salida más satisfactoria. Y una de las opciones que dicho profesional le puede aconsejar es la solicitud de concurso voluntario de la empresa.
La Ley Concursal obliga a pedir la declaración de concurso al deudor que se encuentra en estado de insolvencia. A pesar de la equivocada creencia, es posible encontrarse en dicho estado disfrutando de un balance con importante inmovilizado material.
La resistencia a la hora de asumir la idea de que una empresa con un importante patrimonio puede encontrarse en esta situación, deviene sin duda de la diferencia entre:
· La definición que la Ley Concursal realiza del estado de insolvencia, la cual dice que: “se encuentra en estado de insolvencia el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles”.
· Y el uso común de la palabra, asociada principalmente a situaciones de absoluta pobreza.
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Claves para diferenciar solvencia de insolvencia
La clave fundamental para diferenciar entre solvencia e insolvencia es la tesorería. Una empresa con todo un imperio inmobiliario en su haber puede ser tan insolvente como otra que no posea propiedades, tan solo por el mero hecho de carecer de liquidez. Del mismo modo, la existencia de un activo de cuantioso importe en derechos de crédito frente a terceros, que no se pueden hacer efectivos o de incierta efectividad, no va a ser capaz de permitir materialmente el cumplimiento de las obligaciones vencidas o que van a vencer y, por tanto, igualmente nos encontramos ante una situación de insolvencia por el hecho de carecer de liquidez.
Si no puede cumplir con sus obligaciones, la empresa está en estado de insolvencia y deberá solicitar el concurso.
Puede que tenga liquidez obtenida gracias a la enajenación acelerada o liquidación forzosa de sus bienes para las obligaciones exigibles. En esta situación, igualmente dicho estado de insolvencia puede ser apreciado, ya que no es un cumplimiento regular.
Insolvencia actual e insolvencia inminente
Por último, hay que tener en cuenta que la ley diferencia entre dos tipos de insolvencia: la actual e inminente.
· Insolvencia inminente: la empresa se ve amenazada por una situación y prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones.
· Insolvencia actual: el deudor no puede cumplir con sus obligaciones cuando vencen y son exigibles por los acreedores.
La insolvencia actual genera la obligación legal de solicitar el concurso de acreedores en el plazo de dos meses. En cambio, la insolvencia inminente solo otorga la facultad de hacerlo.
No obstante, el estado de insolvencia inminente es el más propicio para tomar medidas tendentes al reflotamiento de la empresa.